Esta ley fue aprobada por las cortes española el 13 de diciembre
de 1999. Tiene como objetivo proteger el tratamiento de los datos
personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de
las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad
y privacidad personal y familiar.
Esta ley afecta a todos los datos que hacen referencia a personas
físicas registradas sobre cualquier soporte, informático o no.
Quedan excluidas de esta normativa aquellos datos recogidos para uso
doméstico, las materias clasificadas del estado y aquellos ficheros
que recogen datos sobre Terrorismo y otras formas de delincuencia
organizada.
A partir de esta ley se creo la Agencia española de protección
de datos, de ámbito estatal que vela por el cumplimiento de está
normativa.
Esta ley ofrece tres niveles de protección de datos:
Esta ley ofrece tres niveles de protección de datos:
Nivel básico: datos que son identificativos del individuo
Nivel medio: relacionados con la hacienda publica
Nivel alto: datos personales tipo ideología, sexualidad...
Además existen diversos tipos de consentimientos que puede
realizar una persona sobre sus datos personales :
Consentimiento inequívoco
El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el
consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga
otra cosa.
Consentimiento tácito
Esta será la forma normal del consentimiento en los supuestos que
no se exija un consentimiento expreso o expreso y por escrito.
Consentimiento expreso
Los datos de carácter personal que hagan referencia al origen
racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados,
tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo
disponga una ley o el afectado consienta expresamente.
Consentimiento expreso y por escrito
Se requiere consentimiento expreso y por escrito del afectado
respecto a los datos relativos a la ideología, afiliación sindical,
religión y creencias y sólo podrán ser cedidos con consentimiento
expreso.
Si se produjera esta demanda las multas serian de:
Las sanciones leves van desde 900 a 40.000 €
Las sanciones graves van desde 40.001 a 300.000 €
Las sanciones muy graves van desde 300.001 a 600.000 €
COMENTARIO
En mi opinión tus datos personales son propios de tu persona y no
debes compartirlos a la ligera ya que cualquiera puede usarlos en su
beneficio no solo debemos basarnos en que la ley nos va a proteger
sino que además debemos tener cuidado nosotros mismos. Si podemos
evitar cualquier tipo de datos que nos comprometa lo mejor es
obviarlos y no ponerlos así estas mas protegido. ¿Si no te proteges
tu mismo quien lo va a hacer? Se ven muchísimos casos en televisión
y prensa que se producen abusos sexuales y acoso escolar de a la
información que exponemos sobre nuestros datos personales en redes
sociales y demás web de contactos. Y la ley acaba actuando que es lo
importante y siempre protege nuestra intimidad.
Esta ley puede afectar a todas las personas que usan internet y se
registran en una red social. En estas te piden una serie de datos
personales que tienen que ser privados a no ser que el individuo de
su consentimiento para que sus contactos lo vean. Una violación de
este acuerdo de confidencialidad de datos, es un delito por lo que si
se produjera yo podría demandar a la red social. Un ejemplo
personal sera si yo escribiera un comentario en una red social a
cerca por ejemplo de criticar una actitud de otra persona y lo
expongo de forma privada, si el individuo sobre el cual expongo mi
opinión se entera sin mi consentimiento a través de la red social.
Es normal que yo pueda demandar a esta red social por no proteger mi
comentario.
No hay comentarios:
Publicar un comentario